A Practical Look at the First Week
La primera semana de aplicación de la Resolución General 15/2025 dejó más consultas que certezas en los estudios jurídicos de Córdoba. Los plazos reducidos para la inscripción de sociedades y la nueva documentación exigida generaron demoras que conviene anticipar.
En la práctica, el punto más conflictivo fue el cómputo de los plazos para la subsanación de observaciones. La resolución establece cinco días hábiles administrativos, pero la IGJ no computa los días en que el sistema de trámites a distancia permanece caído. Quienes presentaron documentación el lunes recibieron respuestas recién el jueves, con un requerimiento que vencía al día siguiente.
Otro aspecto que sorprendió a los colegas fue la exigencia de certificación de firmas ante escribano para los estatutos que antes se digitalizaban con clave fiscal. El trámite ahora requiere coordinar agenda notarial, lo que agrega entre dos y cuatro días al proceso total. Las sociedades por acciones simplificadas quedaron exceptuadas, pero las SRL y las sociedades anónimas cerradas no.
La recomendación que circuló en el foro local fue presentar la documentación completa desde el inicio, aunque implique esperar turno notarial, en lugar de iniciar el trámite con papeles incompletos. Quienes optaron por esta vía evitaron el rechazo y la doble tasa de inscripción.
También se observó un criterio dispar entre las delegaciones provinciales. En Córdoba, la IGJ local exigió un dictamen contable adicional para balances con antigüedad mayor a seis meses; en Mendoza, el mismo requisito se interpretó como facultativo. Esta falta de uniformidad complica a los estudios con clientes en varias provincias.
Para la próxima semana, se espera una aclaración oficial sobre el alcance del artículo 12 de la resolución, que regula la inscripción de aumentos de capital. Mientras tanto, la práctica prudente es presentar la documentación respaldatoria completa y conservar constancias de los envíos, por si corresponde plantear un recurso de reconsideración.