Notes From a Recent Planning Session
La reunión del comité editorial de LawBrio de este mes tuvo un orden del día distinto al habitual. En lugar de repasar los artículos pendientes, dedicamos la mañana a discutir cómo cubrir la nueva resolución de la IGJ sobre plazos de inscripción de sociedades, que entró en vigencia en febrero y que todavía genera consultas en los estudios jurídicos.
El punto central del debate fue el artículo 4° de la resolución, que reduce de veinte a quince días hábiles el plazo para subsanar observaciones formales en los trámites de inscripción. En la práctica, esto significa que los abogados que manejan constituciones de sociedades tienen menos margen para corregir errores menores, como diferencias en el objeto social o en la designación de autoridades.
Lo que más nos interesó no fue el texto de la norma, sino cómo la están aplicando los jueces en los recursos directos. Revisamos tres fallos recientes de la Cámara Nacional en lo Comercial, Sala B, donde se confirmó el criterio de la IGJ en dos casos y se revocó en uno, precisamente porque la observación no había sido notificada de manera fehaciente. Ese matiz procesal es el que los lectores necesitan conocer antes de presentar un trámite.
Para el próximo número, vamos a publicar un cuadro comparativo con los plazos anteriores y los nuevos, junto con un checklist de verificación previa que los estudios pueden usar internamente. También estamos preparando una entrevista con un exfuncionario de la IGJ que explicará los criterios interpretativos que se aplican en la Dirección de Sociedades por Acciones. La idea es que el lector no tenga que adivinar qué espera el organismo al revisar una inscripción.
Una decisión que tomamos en esa sesión fue adelantar la fecha de cierre de la edición de abril para poder incluir el análisis de la resolución antes de que se cumpla el primer trimestre de aplicación. Preferimos ajustar el calendario editorial a perder la oportunidad de dar contexto útil en el momento en que más se necesita.
El resto de la reunión se dedicó a definir los criterios de selección de jurisprudencia para la columna mensual. Acordamos priorizar fallos de la CSJN y de las cámaras federales con competencia comercial, y dejar de lado resoluciones de instancias inferiores que no aportan criterios nuevos. Esa decisión responde a una demanda concreta de los suscriptores, que nos escribieron pidiendo menos ruido y más análisis de casos que realmente cambien la práctica profesional.